jueves, 6 de marzo de 2014

Limpieza de un “mini-basural” en calle Ricardo Rojas en Campana

Durante el sábado último, en horas de la mañana

Servicios Públicos del Municipio realizó una nueva limpieza de un “mini-basural” en calle Ricardo Rojas




Por intermedio de su Subsecretaría de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, el Municipio de Campana desarrolló en horas de la mañana del pasado sábado una nueva limpieza de un “mini-basural” existente en la calle Ricardo Rojas, en cercanías de la Colectora de la Ruta Panamericana.

Hasta allí llegaron las cuadrillas con personal municipal y máquinas propias, para realizar las tareas de remoción de residuos, acondicionamiento, y retiro de las mismas para dejar el lugar en condiciones.

Desde la mencionada dependencia se solicita tanto a los vecinos del barrio como a ocasionales transeúntes que allí depositan todo tipo de residuos no permitidos, ni en forma, ni horario, ni en su disposición final, respetar las normas existentes en esa cuestión, y permitir así la erradicación total de esta formación de basurales.

Funcionarios Municipales consultados recordaron la vigencia de la Ordenanza que estable las obligaciones y condiciones que todos los vecinos deben respetar y cumplir sobre disposición de los residuos domiciliarios, dice textualmente:
- Establécese la obligatoriedad de que cada vecino frentista en el Partido de Campana posea frente a su domicilio un canasto porta bolsas de residuos, o cualquier otro dispositivo elevado, el cual deberá tener la altura adecuada para que no la alcancen los animales y situado de tal forma que no entorpezca la circulación de los peatones por la vereda, ni dificulten el ingreso y egreso de pasajeros, respecto de vehículos estacionados, como lo reglamente el Departamento Ejecutivo. Las viviendas multifamiliares, complejos habitacionales, edificios de departamentos, deberán resolverlo de manera particular para cada caso, debiendo el proyecto adecuarse a la cantidad de viviendas y ser aprobado por el Departamento Ejecutivo.
- Queda prohibida la disposición de residuos fuera de estos dispositivos enunciados en el párrafo anterior, como por ejemplo: parterres, veredas. Los residuos deberán estar dispuestos en bolsas herméticas destinadas para tal fin.
- Los locales que comercialicen golosinas, bebidas, comidas al paso, etc., como así también las clínicas, ciber café, locutorios, consultorios profesionales o cualquier otro tipo de actividad donde la gente consume mientras espera, deberán tener en el frente de su local un cesto para residuos con bolsa, para que los clientes arrojen los residuos producto de su venta o que hay sido consumido allí, la que luego deberán disponer en su canasto, en el horario indicado para tal fin.
- Los restos de cortes de pasto deberán disponerse en bolsas en el horario indicado para su zona, evitando así que en caso de lluvia estos terminen dentro de los desagües y bocas de tormenta.
- La disposición de los montones o montículos que excedan el volumen de un metro cúbico (1 m3) deberán efectuarse en un volquete contratado por el frentista para tal fin.


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