Durante el sábado último, en horas de la mañana
Servicios
Públicos del Municipio realizó una nueva limpieza de un “mini-basural” en calle
Ricardo Rojas
Por intermedio de su Subsecretaría de Servicios
Públicos, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios
Públicos, el Municipio de Campana desarrolló en horas de la mañana del pasado
sábado una nueva limpieza de un “mini-basural” existente en la calle Ricardo
Rojas, en cercanías de la Colectora de la Ruta Panamericana.
Hasta allí llegaron las cuadrillas con personal
municipal y máquinas propias, para realizar las tareas de remoción de residuos,
acondicionamiento, y retiro de las mismas para dejar el lugar en condiciones.
Desde la mencionada dependencia se solicita
tanto a los vecinos del barrio como a ocasionales transeúntes que allí
depositan todo tipo de residuos no permitidos, ni en forma, ni horario, ni en
su disposición final, respetar las normas existentes en esa cuestión, y
permitir así la erradicación total de esta formación de basurales.
Funcionarios Municipales consultados recordaron
la vigencia de la Ordenanza que estable las obligaciones y
condiciones que todos los vecinos deben respetar y cumplir sobre disposición de
los residuos
domiciliarios, dice textualmente:
- Establécese la
obligatoriedad de que cada vecino frentista en el Partido de Campana posea
frente a su domicilio un canasto porta bolsas de residuos, o cualquier otro
dispositivo elevado, el cual deberá tener la altura adecuada para que no la
alcancen los animales y situado de tal forma que no entorpezca la circulación
de los peatones por la vereda, ni dificulten el ingreso y egreso de pasajeros,
respecto de vehículos estacionados, como lo reglamente el Departamento
Ejecutivo. Las viviendas multifamiliares, complejos habitacionales, edificios
de departamentos, deberán resolverlo de manera particular para cada caso,
debiendo el proyecto adecuarse a la cantidad de viviendas y ser aprobado por el
Departamento Ejecutivo.
- Queda prohibida
la disposición de residuos fuera de estos dispositivos enunciados en el párrafo
anterior, como por ejemplo: parterres, veredas. Los residuos deberán estar
dispuestos en bolsas herméticas destinadas para tal fin.
- Los locales que
comercialicen golosinas, bebidas, comidas al paso, etc., como así también las
clínicas, ciber café, locutorios, consultorios profesionales o cualquier otro
tipo de actividad donde la gente consume mientras espera, deberán tener en el
frente de su local un cesto para residuos con bolsa, para que los clientes
arrojen los residuos producto de su venta o que hay sido consumido allí, la que
luego deberán disponer en su canasto, en el horario indicado para tal fin.
- Los restos de
cortes de pasto deberán disponerse en bolsas en el horario indicado para su
zona, evitando así que en caso de lluvia estos terminen dentro de los desagües
y bocas de tormenta.
- La disposición de
los montones o montículos que excedan el volumen de un metro cúbico (1 m3)
deberán efectuarse en un volquete contratado por el frentista para tal fin.
No hay comentarios:
Publicar un comentario