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lunes, 28 de julio de 2025

Intendente Homologó Decreto de la Junta Departamental referente a establecimientos que elaboren alimentos libres de gluten


El Intendente de Colonia Homologó en Resolución Nª 590/025, el Decreto Nª 003/2025 de la Junta Departamental, que consta de los siguientes artículos:

Artículo 1ª- Declarar de Interés Departamental la existencia de establecimientos que elaboren alimentos libres de gluten, y/o que ofrezcan menús libres de gluten, de vital importancia para mejorar la calidad de vida de las personas celíacas o con intolerancia al gluten. 

Artículo 2ª- Establecer un sistema de promoción para los establecimientos de elaboración, gastronómicos, hoteles, bares, cafeterías y similares, que opten por elaborar un menú libre de gluten a los efectos de contar con instalaciones aptas para la elaboración de menús para celíacos, o que adquieran alimentos preelaborados libres de gluten envasados en origen, procedentes de establecimientos habilitados para tal fin. 

Artículo3ª- El sistema mencionado en el artículo anterior consiste en un proceso de capacitación obligatorio destinado al personal de dichos establecimientos gastronómicos, que será impartido por el Instituto de Hotelería y Gastronomía y/o Escuela del Hogar dependientes de la Intendencia de Colonia.

Artículo 4ª- Los establecimientos que adhieran a este sistema de promoción deberán disponer la asistencia a la capacitación de por lo menos un miembro del personal de cada uno de los turnos y sectores en los cuales se desarrollen actividades.

Artículo 5ª- El material que se utilizará para capacitar a los asistentes será el de manipulación de alimentos o aquellos que considere necesario la autoridad de aplicación, sin perjuicio de utilizar otros materiales adicionales o específicos de la temática.

Artículo 6ª- La autoridad de aplicación será el Departamento de Higiene y Limpieza, Dirección de Bromatología, la cual se encargará del monitoreo y la supervisión de tareas establecidas en el presente decreto.

Artículo 7ª- Los establecimientos gastronómicos que deseen adherir a la presente deberán tener habilitación definitiva de la Dirección de Higiene para realizar las actividades propias del rubro para poder ingresar al sistema de promoción referido, y disponer de las instalaciones necesarias y elementos para garantizar el objetivo de brindar un servicio de alimentación segura y libre de gluten.

Artículo 8ª- Los requisitos específicos para poder adherir voluntariamente a este sistema de promoción serán definidos y establecidos por la reglamentación del presente decreto.

Artículo 9ª- A los efectos de lograr una respuesta gastronómica con alternativas aptas para el consumo de las personas celíacas, se deberán contemplar medidas de incentivo general, tales como los programas que apoyan Pymes y Emprendedores en el ámbito del Departamento.

Artículo 10ª- Se deberá favorecer al acceso a dichos incentivos a los establecimientos que tengan la iniciativa de instalarse en las zonas de la ciudad más desfavorecidas desde el punto de vista social y económico.

Artículo 11ª- Dar cuenta e insertar el presente decreto en el registro informático de la Junta Departamental.

domingo, 5 de abril de 2020

Obligacion de uso de barbijo en Zarate

Municipio informa:
Se dispone el uso de barbijo y/o mascarillas para circular en la Vía Pública
Teniendo en cuenta la declaración de la pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud con respecto al COVID-19 y la necesidad de adoptar medidas en beneficio de la población del Partido de Zárate, el Intendente Municipal Osvaldo Cáffaro, en uso de sus facultades, promulgó el Decreto Número 245.
El mismo, expresa que, se dispone desde las 00:00 hs del Día Martes 7 de Abril de 2020 la utilización de barbijo y/o mascarillas para la circulación en vía pública, tanto para trasladarse, como para concurrir a espacios públicos, entidades financieras, comercios, sitios de reunión, entre otros.
La utilización de protectores faciales como barbijos y/o mascarillas por parte de las personas que circulen en la vía Pública, implicaría la disminución  de la circulación y propagación del virus, en tanto estos elementos impedirían que una persona afectada por la enfermedad la propague al encontrarse en lugares públicos.
Existen experiencias en diferentes países que al haber implementado el uso obligatorio del Barbijo en su población, han podido reducir sustancialmente la cantidad de contagios.
Esta medida, que se dará a conocer detalladamente en las próximas horas, representará un beneficio para la sociedad en su conjunto al limitar la circulación del Virus COVID-19 y así minimizar las posibilidades de contagio.
Importante:
El municipio a través de sus diferentes áreas instrumentará los mecanismos necesarios a los efectos de proveer de barbijos gratuitos a los habitantes del Partido de Zárate que así lo requieran, además se comunica a los vecinos que en las próximas horas se darán a conocer los puntos donde se realizará la entrega de barbijos, implementando los métodos de distribución correspondientes.
Voluntariado:
Teniendo en cuenta lo anteriormente detallado, se está conformando en nuestra Ciudad un gran voluntariado, integrado por vecinas y vecinos de la ciudad que se dedicarán, desde sus domicilios, a la confección de barbijos de entrega gratuita a la ciudadanía, con material que proveerá el municipio.
Esta importante acción que vamos a emprender juntos nos pondrá a prueba hacia el futuro como ciudad ,como nunca antes ....ha llegado la hora de la unión y la solidaridad, así somos y lo hemos demostrado muchas veces ,pero hoy ante esta pandemia ,debemos ser un todo, cada día más fuerte !!

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