ADNbaires/ Los proyectos
se realizarán en la cuenca del Río Luján. Además, en cuanto a los
afectados, diputados votaron a favor de las exenciones en el pago de
Inmobiliario Urbano, Automotores, Ingresos Brutos y Sellos. La
legislatura bonaerense aprobó un proyecto de ley que ratifica el
decreto de Emergencia Hídrica para los municipios afectados por la
última inundación y que autoriza al Poder Ejecutivo a tomar
endeudamiento por hasta 4.500 millones de pesos para realizar obras
en la cuenca del Río Luján. La iniciativa, aprobada esta tarde por
el Senado y convertida en ley durante la noche en Diputados, incluye
además exenciones en el pago de Inmobiliario Urbano, Automotores,
Ingresos Brutos y Sellos para los afectados de las ciudades
inundadas. Durante el tratamiento del proyecto, legisladores de los
bloques de la oposición cuestionaron al gobierno de Daniel Scioli
por la falta de obras y medidas de prevención para evitar nuevas
inundaciones, al tiempo que denunciaron “falta de planificación e
improvisación”. “No podemos votar este cheque en blanco”,
aseguró el diputado del unibloque Frente de Izquierda y los
Trabajadores (FIT), Guillermo Kane, el único legislador que votó en
esa Cámara contra el proyecto. La norma da forma de ley al decreto
de Emergencia Hídrica que Scioli anunció el jueves 13 de agosto a
raíz de los desbordes de cauces de ríos, arroyos y canales, que
afectaron a unos 40 municipios y a más de 30 mil bonaerenses del
interior y el conurbano. La autorización para tomar endeudamiento,
según expresa el texto del proyecto, es “por la suma de pesos
cuatro mil quinientos millones ($ 4.500.000.000) o su equivalente en
otras monedas, con el objeto de financiar la ejecución de los
proyectos de inversión vinculados a la Cuenca del Río Luján”. En
cuanto a las eximiciones impositivas, establece pautas para alcanzar
la ayuda y en el caso del Inmobiliario de la Planta Urbana Edificada,
el beneficio será para las cuotas 4 y 5 de este año y 1 de 2016; en
el de los Automotores, para la cuota 5 de 2015 y 1 de 2016. La norma
aclara que aquellos contribuyentes que hayan pagado todo el año del
impuesto Urbano o Automotor tendrán crédito a su favor para la
cancelación de futuras cuotas, aunque el beneficio caducará en caso
de cesión o venta del inmueble o vehículo. Para el caso de Ingresos
Brutos, la eximición será para los anticipos 8 a 12,
correspondientes al ejercicio fiscal 2015, y 1 y 2 de 2016 para
contribuyentes que hubiesen obtenido durante 2014 “ingresos brutos
gravados, no gravados o exentos que no superen la suma de 300.000
pesos”. Finalmente, el beneficio del impuesto a los Sellos será
para aquellas operaciones celebradas con posterioridad a la primera
semana del mes de agosto de 2015, y hasta el 29 de febrero inclusive
de 2016. ADNbaires/
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jueves, 27 de agosto de 2015
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